El sector y los programas de ayuda para la rehabilitación de edificios y vivienda han centrado el último webinar de ASEFAVE. El encuentro virtual ha analizado, desde el punto de vista de las empresas del sector, las oportunidades que ofrecen los programas de ayuda para la rehabilitación energética y los requisitos necesarios para actuar como gestor de rehabilitación de cara a los clientes, así como la documentación que se ha de generar.
Webinar de ASEFAVE
El webinar de ASEFAVE comenzó con una presentación de la Asociación Española de Fabricantes de Fachadas Ligeras y Ventanas (ASEFAVE), a cargo de su director, Pablo Martín.
Martín hizo un repaso de las diferentes ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas en España, tanto las gestionadas por el IDAE y en vigor (PREE 5000 y DUS 500), como las gestionadas por el MITMA (Fondos Next Generation y PIREP). De todas ellas, los fondos Next Generation son las que tendrán un mayor impacto, con un presupuesto de más de 3.400 millones de euros.
En cuanto a la vigencia de los programas, el PREE 5000 se refiere a actuaciones del 5 de agosto de 2021 al 31 de diciembre de 2023, mientras que el Programa DUS 5000 se prolonga del 5 de noviembre de 2021 al 5 de noviembre de 2022 y los fondos Next Generation presentan un periodo de vigencia entre el 1 de febrero de 2020 al 31 de diciembre de 2023.
Fondos Next Generation
El programa de ayuda de los fondos Next Generation se refiere a los ámbitos de la rehabilitación de vivienda y de la vivienda social, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Por tanto, sus beneficiarios son los propietarios de edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas y las viviendas unifamiliares.
Existen seis líneas de ayuda, entre las que destaca la 3 (programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio) y la 4 (programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas).
La Comunidad más beneficiada por los Fondos Next Generation es Andalucía. Y actualmente, la única Comunidad Autónoma en la que se encuentra abierto el programa de ayuda de estos fondos es Extremadura, en vigor desde el 11 de enero de 2022 hasta el 11 de enero de 2023.
Aporte de documentación
En el webinar de ASEFAVE también se ha repasado la documentación a aportar para la recepción de los fondos Next Generation, tanto en el momento de solicitar la ayuda, con el Certificado de Eficiencia Energética Inicial, como la justificación de la actuación, tras la actuación de la rehabilitación, que va unida a la presentación del Certificado de Eficiencia Energética Final.
Asimismo, el director de ASEFAVE ha destacado como figuras clave en los fondos Next Generation, tanto al agente rehabilitador como al gestor de la rehabilitación, orientados a las actuaciones de impulso, seguimiento, gestión y percepción de ayudas públicas, el acceso a la financiación y la elaboración de documentos o proyectos técnicos.
Procedimiento de actuación
En el transcurso del webinar de ASEFAVE se hizo un repaso del procedimiento de solicitud, actuación y justificación, en el programa 3 y 4, a cargo del técnico titulado competente y el gestor/administrador.
Entre la documentación a aportar destaca el proyecto, visado o memoria técnica, presupuesto y planos, el certificado de eficiencia energética inicial y final, el certificado de eficiencia energética considerando las actuaciones, la documentación del beneficiario, solicitud y licencias, y facturas y justificantes posteriormente, fotos iniciales y finales, y memoria justificativa del cumplimiento de la subvención, una vez acabada la actuación de rehabilitación.
Además, ASEFAVE también ha repasado el procedimiento de actuación del programa 3, tanto por parte del cliente o comunidad de propietarios, como la empresa constructora a la hora de contratar y subcontratar al suministrador e instalador para la rehabilitación, el técnico encargado de los certificados de eficiencia energética y las licencias, y el gestor que se ocupa de recopilar la documentación y los trámites con la administración. En el caso del programa 4, el procedimiento de actuación incluye al cliente, el instalador y suministrador, el técnico y el gestor.
Programa 3
El programa 3, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, tiene como objeto la financiación de obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial en las que se obtenga una mejora de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencia colectiva, incluyendo sus viviendas y en las viviendas unifamiliares.
Entre las condiciones para optar a la subvención destaca el certificado de eficiencia energética inicial, que la obra no puede estar finalizada en el momento de solicitar las ayudas, y otros requisitos técnicos, como una reducción de al menos un 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable. Asimismo, en edificios en las zonas climáticas C, D y E deberá conseguirse una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos un 25% (zona C) y un 35% (zonas D y E).
Máximo de subvención
Dependiendo del ahorro energético conseguido, se puede obtener hasta un 80% de subvención del coste de actuación, lo que se traduce en 18.800 euros por vivienda.
Como ejemplo, ASEFAVE ha considerado un edificio de 10 viviendas con un coste total por vivienda de 12.000 euros, en los que se en función de la reducción del consumo en las mismas condiciones se puede conseguir una subvención de entre 4.800 y 9.600 euros por vivienda.
Programa 4
En cuanto al programa 4, referido a la ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas, tiene como objeto la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares. Las viviendas han de constituir el domicilio habitual y permanente de su propietarios.
Entre las condiciones para optar a la subvención destaca el certificado de eficiencia energética inicial, que la obra no puede estar finalizada en el momento de solicitar las ayudas. Además, hay que cumplir uno de los siguientes requisitos técnicos: una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7%, una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30% o la modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de tramitancia térmica y de permeabilidad del aire establecidos en el DB HE de Ahorro de Energía del CTE.
Importe subvencionable
El coste mínimo de la actuación ha de ser igual o superior a los 10.000 euros por vivienda y el importe de la subvención será del 40% del coste de la actuación, con un límite de 3.000 euros. Además, cabe destacar que las ayudas Next Generation, así como tampoco la de los programas PREE y PREE 5000) no tributan en el IRPF.
En el webinar se presentó también, a modo de ejemplo, la documentación a presentar en el caso de Extremadura, tanto en el programa 3 como en el 4. Y también se puso como ejemplo del programa 4 una vivienda con un coste total de rehabilitación de 8.000 euros y una subvención de 3.000 euros.
De igual manera, Martín hizo alusión a la documentación a presentar por el suministrador-instalador y los datos de producto a incorporar en los programas de certificación energética en el programa 3, y los datos respecto a transmitancia térmica y permeabilidad al aire en el marcado CE de la ventana para el programa 4.
PREE 5000
En cuanto al PREE 5000, los beneficiarios son personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso. Y comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.
Los edificios deben estar presentes en municipios de menos de 5.000 habitantes y el edificio debe ser existente y construido con anterioridad al 2007. En este sentido, en el webinar se repasaron los requisitos técnicos para participar en estas ayudas.
El PRE 5000 está publicado y en vigor en cuanto a la mejora obligatoria de la envolvente técnica en Asturias, Cantabria, Navarra, Murcia y País Vasco. Por su parte, en Canarias y Andalucía entra en vigor el 1 de febrero y el 26 de enero respectivamente.
DUS 5000 y PIREP
El DUS 5000 se refiere a ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico, como por ejemplo proyectos de eficiencia energética en edificios e infraestructuras públicas. Se contemplan medidas orientadas a la reducción de la demanda y el consumo energético en edificios e infraestructuras públicas.
Respecto al PIREP, cuenta con un presupuesto de 1.800 millones y está orientado a administraciones públicas territoriales con edificios susceptibles de ser rehabilitados. Cuenta con un presupuesto de 480 millones de euros, asignados directamente a las Comunidades Autónomas.
Desgravaciones fiscales
En el webinar de ASEFAVE también se hizo alusión a las medidas para impulsar la actividad de rehabilitación residencial, con deducción en el impuesto sobre la renta de las personas físicas por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas, y sus distintos beneficios y limitaciones, teniendo en cuenta que no son acumulables.
ASEFAVE también ha recordado que existen desgravaciones fiscales en el tramo autonómico, y ha recomendado consultar esta posibilidad en cada Comunidad. De igual manera, ha puesto ejemplos en cuanto a desgravaciones en diferentes supuestos, al tiempo que ha repasado la documentación de interés y ha subrayado la importancia del certificado de eficiencia energética a la hora de recabar los datos.
Ejemplo de subvenciones
Por último, ASEFAVE ha puesto un ejemplo de posibilidades de subvención en nuevas ventanas, con una inversión mínima de 1.000 euros, en la que se puede obtener desde una subvención del 40% con un máximo de 3.000 euros si se cumplen las tablas de transmitancia y permeabilidad del DB HE1, a una reducción del 30% en consumo de energía primaria no renovable o clasificación a/B con una subvención del 40% con un máximo de 3.000 euros y una deducción fiscal de hasta el 40% con una base máxima de deducción de 7.500 euros.
Respecto a la rehabilitación del edificio, con una reducción de un 30% mínimo en el consumo de energía primaria no renovable, se puede conseguir una deducción fiscal de hasta el 60% o subvenciones de hasta el 80% en función de los ahorros energéticos conseguidos.
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