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Nueva normativa de ascensores 2024: en qué consiste y a quién afecta

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04/11/2024

La nueva normativa de ascensores fija, entre otros aspectos, los estándares que tienen que tener los elevadores para dar servicio. La “Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 de Ascensores” ya ha entrado en vigor y regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores.

El objetivo es incrementar la seguridad y asegurar el óptimo funcionamiento de los ascensores existentes en todo el país, especialmente las instalaciones que llevan más de 30 años operativas, lo que afecta a particulares, bloques de vivienda y empresas.

Nueva normativa de ascensores 2024

España es el país del mundo con más ascensores en proporción a su población, con unos 24 elevadores por cada mil habitantes. Sin embargo, aproximadamente la mitad, según señala la Federación Empresarial Española de Ascensores (FEEDA), tiene una edad media de más de 20 años, lo que hace necesaria una revisión de los equipos para verificar la seguridad de la instalación.

Teniendo en cuenta que entre un 35% y un 40% de los ascensores existente en España -unos 400.000 ascensores- tienen más de 30 años, se ha considerado necesario impulsar una nueva normativa, que tiene su origen en el Real Decreto 355/2024, de 2 de abril. Su objetivo es, según señala la FEEDA, que los antiguos ascensores tengan una seguridad similar a las que poseen las nuevas instalaciones.

Esto ha motivado que en la nueva normativa de ascensores se hayan incorporado algunas medidas técnicas que los aparatos deben cumplir para paliar el 93% de los accidentes que ocurren actualmente y que están relacionados con estas circunstancias. Desde la FEEDA se calcula que, una vez que los ascensores del país se hayan puesto al día, los riesgos relacionados se reducirán en cerca de un 90%.

Sensor de las puertas automáticas

Los ascensores deben contar con un sensor que abarque todo el recorrido de la puerta. De esta manera se detectarán obstáculos desde el nivel del suelo hasta la parte superior, y no solo a la altura de los pies, como ocurría con algunos ascensores más antiguos.

Con esta medida se evitará que el ascensor se cierre cuando el usuario intente evitarlo con el brazo, y también disminuirá la situación de peligro que se creaba cuando una mascota quedaba encerrada en el interior del habitáculo con la correa puesta tras no haber sido detectado tras la salida del ascensor de su dueño.

Por otra parte, la nueva normativa de ascensores establece que los ascensores, salvo los catalogados como patrimonio histórico artístico, no han de tener guías de cabina y/o contrapeso que incorpore paracaídas, de tipos cilíndrica o de madera.

Mejoras en la nivelación

Otro de los aspectos relacionados con la seguridad se centra en la necesidad de que los ascensores tengan una parada de cabina que se encuentre alineada con el piso, con un margen de un centímetro arriba o abajo. De esta manera, las personas mayores y con movilidad reducida podrán salir del ascensor con comodidad, evitando tropiezos que puedan poner en riesgo su integridad física.

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Las modificaciones necesarias para garantizar la nivelación del sistema se deben llevar a cabo en un plazo máximo de seis meses en caso de accidente por falta de nivelación o por cambio del grupo tractor. En este sentido, se deben llevar a cabo las modificaciones necesarias para impedir o detener el movimiento de la cabina más allá de la planta.

Pesacargas en la cabina

La nueva normativa también obliga a contar con un pesacargas en la propia cabina, para evitar que el ascensor empiece su marcha si supera el peso límite indicado y garantizar así la seguridad de los ocupantes. Hasta el momento, algunos ascensores permitían el recorrido aún superando el peso, en detrimento de la velocidad y una menor precisión de parada.

Comunicación con el exterior

Hasta ahora no existía obligatoriedad de que los ascensores contaran con un sistema de comunicación desde dentro. Pero a partir de este momento los elevadores deben posibilitar emitir y recibir mensajes desde la cabina, en una bidireccionalidad que tiene que ser accesible a personas con discapacidad física.

Responsabilidades de los agentes

Además, la nueva normativa de ascensores 2024 también hace hincapié en las diferentes responsabilidades de los agentes relacionados con los ascensores, entre ellos las empresas mantenedoras y los titulares de los ascensores, que pueden ser desde particulares y empresas a las comunidades de vecinos. Sobre los titulares recae la responsabilidad de realizar inspecciones periódicas. Algo que antes también se contemplaba, pero que no era tomado en cuenta al no tener establecidas claras consecuencias en caso de incumplimiento.

Por otra parte, el titular debe conservar los originales del registro de mantenimiento. En el caso del registro de puesta en servicio, emitido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, se trata de la declaración de conformidad CE o UE, la ficha técnica de la instalación, el manual de funcionamiento, el registro de mantenimiento del ascensor, el contrato de mantenimiento con la empresa conservadora y los certificados de inspección periódica.

Con la nueva normativa de ascensores se obliga a que el ascensor pare si sobrepasa el plazo de la inspección vigente. Solo con una nueva inspección podría volver a ponerse en marcha y reanudar el servicio. Y si el ascensor ha estado más de tres meses parado, se deberá realizar una revisión de mantenimiento sin que se anule la revisión periódica programada.

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Delimitación de incidentes

La nueva normativa de ascensores señala que “se considerarán incidentes aquellas anomalías en el funcionamiento del ascensor que no causen daños a la instalación pero que impliquen la intervención de la empresa conservadora, como son los atrapamientos de personas o animales de compañía en la cabina, fallos de nivelación sin daños, entre otros”. Si el incidente provoca que el aparato necesite reparación, el elevador deberá ser paralizado.

A qué ascensores afecta la normativa

La nueva normativa de ascensores 2024 define dentro de la norma aquellos elevadores que permiten la subida y bajada de personas, comunicando dos o más pisos. Esto afecta a más de un millón de elevadores en todo el país, si bien solo un 35% de los que están en funcionamiento deberán hacer alguna reforma, con el gasto que supone.

Si bien los ascensores que tienen 30 o más años tienen más posibilidades de haberse quedado obsoletos y necesitar las reformas técnicas para cumplir la nueva normativa de ascensores, lo que determinará la necesidad de los cambios, principalmente, será si el elevador ha tenido el mantenimiento adecuado en cada momento a lo largo de su vida.

En cuanto a los costes, dependerá, principalmente, de la tecnología y antigüedad del ascensor y su mantenimiento. El nivel de gasto más común que calcula la FEEDA oscila entre los 1.000 y los 8.000 euros, si bien señala que serán más frecuentes las intervenciones que no superen los mil euros.

En cuanto a los cambios documentales o administrativos, las comunidades de vecinos no tendrán que hacerse cargo, sino que serán abonados por la empresa mantenedora. En cualquier caso, lo único que los particulares, empresas o comunidades de vecinos tienen que hacer de momento es pasar la revisión obligatoria de su ascensor en la fecha indicada. Será el técnico el que, tras la revisión, les indique si es necesario realizar cambios para cumplir con la nueva normativa o no.

¿Cuándo entra en vigor la nueva ITC de ascensores?

La ITC (Instrucción Técnica Complementaria ) o nueva normativa de ascensores entró en vigor el pasado 1 de julio de 2024 pero una vez comunicados a los titulares del ascensor los aspectos que no cumple la instalación por parte del técnico se conceden unos plazos para subsanar los efectos. Dependiendo de la intervención que haya que realizar el plazo de subsanación pueden ser de seis meses, un año o hasta que se cumpla el periodo que marca la última revisión. En este sentido, hay que tener en cuenta que las inspecciones periódicas se realizan cada cuatro años.

Se calcula que todos los ascensores del parque de elevadores español estarán adaptados a los requerimientos de la nueva normativa en un plazo de entre cuatro y seis años. De momento, lo único que tienen que hacer empresas, particulares y comunidades de vecinos es tener preparada la documentación y saber cuál es la fecha de la revisión, que será el momento en el que se determine qué actuaciones hay que realizar, en el caso de necesitarse.

Ante cualquier duda, también se puede contactar con la empresa mantenedora, que es el agente más adecuado para ofrecer información acerca de si el ascensor responde o no a los nuevos requerimientos de la normativa.

¿Cuánto cuesta adaptar el ascensor a la nueva normativa?

El coste de adaptar el ascensor a la nueva normativa de ascensores puede ir desde 2.000 euros hasta 10.000 euros dependiendo de sii sólo se requiere una actualización de los sistemas de seguridad o de control y en función de las modificaciones o modernización que requiera, es decir, siempre y cuando estemos hablando de modificaciones parciales.

Si por el contrario, es necesario hacer una renovación completa del ascensor, incluyendo cabina, sistema de control y mecanismos, el precio podría oscilar entre 10.000€ y 30.000€ o más, dependiendo de la complejidad de la instalación y las características del edificio y a dividir entre el número de vecinos que habiten en él.

Sanciones económicas

La falta de cumplimiento de la nueva normativa de ascensores puede dar como resultado que el titular del ascensor tenga que someterse a duras sanciones. Las leves incluyen multas de hasta 60.000 euros y las graves de hasta 6 millones de euros. Por su parte, las muy graves se saldan con multas de hasta 100 millones de euros.

Un ejemplo de infracción leve es el incumplimiento de los requerimientos específicos que formule la autoridad dentro del plazo que se concede, o la inadecuada conservación y mantenimiento de las instalaciones.

Por su parte, una infracción grave podría ser la puesta en funcionamiento del elevador sin carecer de la correspondiente autorización o el incumplimiento de los requisitos formulados por la autoridad competente cuando se produzca de modo reiterado, o bien la expedición de certificado que no se ajuste a la realidad.

Y las infracciones muy graves harían alusión al incumplimiento doloso de los requisitos, obligaciones o prohibiciones que ocasionen riesgo grave o daño para las personas, la flora, la fauna, las cosas o el medio ambiente, y también la reincidencia de una falta grave tras una sanción en los dos años anteriores, o la negativa de facilitar información o colaborar con el personal inspector.

Ayudas y subvenciones

Algunas comunidades autónomas, como País Vasco, Madrid, Galicia, Castilla y León o Andalucía, mantienen abierta la posibilidad de ofrecer ayudas y subvenciones a particulares y comunidades de vecinos, especialmente en lo orientado a mejorar la eficiencia energética y sostenibilidad de los equipos, y la accesibilidad al edificio. Desde la FEEDA se recomienda solicitar información a la empresa mantenedora cuando corresponda la inspección obligatoria de los ascensores.

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Comentarios:
  1. Juanito arquitecto veterano de mucha batallas

    Otro rollo para cobrar tasas, IVA por parte del «Estado» y que las empresas de ascensores ganen dinero a costa de los pobres usuarios y mantengan a los políticos de turno. El asunto es sacarle el dinero al usuario ( perdon pobre mindundi que vive en un estado que dicen es libre y no se da cuenta que es una dictadura » COMO LA DE PUTIN, MADURO Y COMPAÑIA («dictablanda para los profanos») y una Europa llena de burócratas y vividores. La empresas de ascensores a seguir haciendo la pelota al gobierno de turno para que hagan más normativas y así poder seguir invitando a los políticos a buenas francachelas y si alguien pone la mano, pues también. CONCLUSIÓN: CUENTOS CHINOS PARA SACARLE LOS EUROS AL USUARIO.

    1. Mellis de Jaén

      Desde luego…. somos los paganos de todo…. todo quisqui tiene que inventarse cosas para mantenerse en la poltrona… y que buenas palabras lo justifican, no dudemos que siempre es para nuestro bien, ya antes las inspecciones técnicas era un rollo sacadineros, cada cuatro años 1.000 euros en nuevas chuminas, que a saber como se lo repartían, entre el recetador y el que arreglaba lo recetado.

    2. Juan Diego Egea

      Tienes mucha razón. Me pregunto si no es mejor esperar antes de adaptar el ascensor a estas nuevas exigencias que no aportan nada más que gastos al usuario.

  2. Carlos Ruiz

    Sí para que el Consoircio gaste más y más. Lo mismo que con el control trimestral de los matafuegos: El «controlador» llegó a mi edificio y a toda carrera baja las escaleras y pega una etiqueta autoadhesiva a cada matafuego y no mira nada. Total de tiempo que empleó en esa «tarea» 6 minutos…Otro curro más.-

  3. Jose de Zaragoza

    En mi comunidad Schindler nos cobra 50 euros cada dos por tres alegando que es para cumplir la normativa del ITC dichosa. No justifican nada de nada.

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